Cuando la presunta víctima es el único testigo
Cuando nos vemos en una situación de éstas, el testigo es una persona implicada en los hechos, por ello es necesario testar la solvencia de su testimonio como presunta víctima mediante el conocido como método del Triple Test, que fue determinado por el Tribunal Supremo en su sentencia nº 734/2015:
1.- Credibilidad subjetiva del testimonio, lo que supone examinar el entorno personal y social del testigo para verificar si la misma puede actuar guiada por algún ánimo de venganza, enemistad, resentimiento o cualquier otro susceptible de propiciar una incriminación espuria
2.- La persistencia y solidez de sus manifestaciones, que habrán de ser plurales y sin cambios esenciales entre unas y otras
3.- La verosimilitud del relato, tanto desde el punto de vista de su coherencia interna como atendiendo a otros elementos probatorios concomitantes y relacionados que corroboren y robustezcan lo dicho por el testigo
Valoración del testimonio de la víctima
La doctrina del Tribunal Supremo, en su sentencia de 6 de marzo de 2019, estableció un decálogo para la valoración del testimonio de la víctima:
1.- Seguridad en la declaración ante el Tribunal por el interrogatorio del Ministerio Fiscal, letrado de la acusación particular y de la defensa
2.- Concreción en el relato de los hechos ocurridos objto de la causa
3.- Claridad expositiva ante el Tribunal
4.- “Lenguaje gestual” de convicción. Este elemento es de gran importancia y se caracteriza por la forma en que la víctima se expresa desde el punto de vista de los “gestos” con los que se acompaña en su declaración ante el Tribunal
5.- Seriedad expositiva que aleja la creencia del Tribunal de un relato figurado, con fabulaciones, o poco creíble
6.- Expresividad descriptiva en el relato de los hechos ocurrido
7.- Ausencia de contradicciones y concordancia del iter relatado de los hechos
8.- Ausencia de lagunas en el relato de exposición que pueda llevar a dudas de su credibilidad
9.- La declaración no debe ser fragmentada
10.- Debe desprenderse un relato íntegro de los hechos y no fraccionado acerca de lo que le interesa declarar y ocultar lo que le beneficie acerca de lo ocurrido
11.- Debe contar tanto lo que a ella y su posición beneficia como lo que le perjudica
Peligro de revictimización
Ante las líneas establecidas de valoración de la declaración de la víctima, hay que tener en cuenta el peligro de revictimización. Que la víctima tenga que declarar nuevamente en el acto de la Vista lo ya manifestado en sede policial y en la Instrucción puede resultarle traumatizante, por lo que se añaden otras cautelas a tener en cuenta pues la supuesta víctima puede manifestar:
1.- Dificultades que puede expresar la víctima ante el Tribunal por estar en un escenario que le recuerda los hechos de que ha sido víctima y que puede llevarle a signos o expresiones de temor ante lo sucedido que trasluce en su declaración
2.- Temor evidente al acusado por la comisión del hecho dependiendo de la gravedad de lo ocurrido
3.- Temor a la familia del acusado ante posibles represalias, aunque estas no se hayan producido u objetivado, pero que quedan en el obvio y asumible temor de las víctimas
4.- Deseo de terminar cuanto antes la declaración
5.- Deseo al olvido de los hechos
6.- Posibles presiones de su entorno o externas sobre su declaración
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