SEGUNDO.- La cuestión de fondo que debe resolverse es si mediante la
adjudicación del inmueble hipotecado ha de entenderse pagada la totalidad de
la deuda de la que deriva la presente ejecución, o por el contrario, únicamente
ha quedado extinguida en el valor nominal de adjudicación del inmueble,
subsistiendo por el resto.
En el presente caso, la finca hipotecada se adjudicó a la actora por decreto
de...
miércoles, 27 de marzo de 2013
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Manual de combate "El Arte de la guerra legal para el pasante y el abogado novato"